La Seguridad Social ha acordado con los representantes sindicales de los autónomos prorrogar el plan de ayuda para los trabajadores por cuenta propia

La Seguridad Social ha acordado con los representantes sindicales de los autónomos prorrogar el plan de ayuda para los trabajadores por cuenta propia

En el día de ayer, 25 de Junio, se conoció que la Seguridad Social ha acordado con los representantes sindicales de los autónomos prorrogar el plan de ayuda para los trabajadores por cuenta propia, cuya vigencia finalizaba el próximo 30 de junio. El nuevo acuerdo contempla la prórroga de las actuaciones hasta el 30 de septiembre, al tiempo que introduce algunas modificaciones en las exenciones de cuotas e incluye a un nuevo grupo de autónomos: los de temporada.

Los autónomos que ya están cobrando la prestación se pueden encontrar ante dos circunstancias; la primera, que puedan seguir demostrando que tienen una caída del 75% de su actividad y, por lo tanto, extender la ayuda además de la exención de la cuota. Y la segunda, es que ya hayan retomado su actividad total o parcialmente, de manera que ya no tendrán acceso a esa prestación del 70% de la base reguladora pero sí a la exención de parte de la cuota.

El pacto permitirá que aquellos trabajadores por cuenta propia que tengan una reducción de la facturación igual o superior al 75% respecto al tercer trimestre del pasado año puedan acogerse directamente a la prestación por cese de actividad, incluso mantenimiento su funcionamiento si los ingresos netos del citado trimestre de 2019 no superan los 1.800 euros al mes. Los autónomos que no puedan acreditar tal reducción de la facturación pero sí se hayan visto afectados por los efectos de la crisis económica y sanitaria podrán acogerse a una bonificación de la cuota de actividad por cuenta propia. Esta será del 100% para el mes de julio, del 50% para agosto y del 25% para septiembre

Por su parte, los algo más de 100.000 autónomos de temporada, que son aquellos cuya actividad se desarrolla casi exclusivamente en verano y entre los que se incluye a feriantes, vendedores ambulantes o parte de la hostelería, van a poder recibir la prestación extraordinaria durante cuatro meses. Estos trabajadores por cuenta propia no habían sido incluidos en el primer paquete de medidas.

Después de este breve resumen de la noticia, aconsejamos aguardar el contenido de la publicación de esta nueva prestación en el BOE para ver los requisitos concretos y si hay que realizar una nueva solicitud para percibirla o renuncia a la misma si no se cumpliesen los requisitos una vez publicados.

Aguardar ya que, aunque la última transferencia de la Prestación Extraordinaria publicada en el RDL 8/2020, de 17 de marzo, saldrá el próximo lunes 29, los autónomos tendrán todo el mes de Julio para regularizar su situación en cualquier caso.